Las aportaciones a planes de pensiones individuales están limitadas a un máximo de 1.500 euros de forma anual. Este máximo se aplica de forma conjunta. Es decir, si tienes varios planes, la suma de las aportaciones que realices a todos ellos no deberá exceder los 1.500 euros.
Si por algún motivo la suma de todas las aportaciones supera el límite establecido, podrás ser sancionado con hasta un 50 por ciento de la cantidad aportada de más. Para evitar la penalización, deberás retirar el excedente antes del 30 de junio del año siguiente solicitando a la gestora del plan la devolución del importe correspondiente.
En el caso de las personas con minusvalía física (igual o superior al 65%) o psíquica (igual o superior al 33%), el límite máximo anual a aportar asciende a 24.450 euros. También las personas cuyo cónyuge tenga unos rendimientos netos de trabajo inferiores a 8.000 euros anuales, podrán aportar al plan del cónyuge un máximo de 1.000 euros anuales.
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No existe una aportación mínima a un plan de pensiones. Generalmente, la cantidad mínima a aportar, en caso de que la hubiese, tiene que venir detallada en las condiciones específicas de cada plan de pensiones.
No hay una periodicidad fija de aportaciones a los planes de pensiones. Podrás realizar aportaciones siempre que quieras, ya sea de forma periódica o de forma puntual.
Sin embargo, es recomendable realizar aportaciones a tu plan de pensiones a lo largo de todo el año en lugar de realizar una única aportación. De esta forma, conseguirás obtener rentabilidades más consistentes ya que se neutralizarán los movimientos alcistas y bajistas de los mercados.
Para facilitar esta tarea, si lo deseas, puedes darte de alta en nuestro servicio de Ahorro Periódico y automatizar las aportaciones a tu plan de forma periódica (mensual, trimestral…).
Los planes de pensiones son vehículos de ahorro e inversión pensados como complemento de la pensión de jubilación. Por eso, tan solo podremos recuperar nuestro dinero invertido en el momento en el que nos jubilemos. Sin embargo, hay varias contingencias que sí permiten acceder al patrimonio del plan antes:
También hay supuestos excepcionales de liquidez que permiten acceder al patrimonio en casos de enfermedad grave y desempleo de larga duración. Además, se puede solicitar el reembolso de participaciones con una antigüedad mínima de 10 años.